Bajas artículos 33, 34 y 35

INFORMACIÓN:

De acuerdo al Capítulo VII del Reglamento General de Evaluación y Promoción de Alumnos de la Universidad de Guadalajara, los alumnos tendrán la oportunidad de repetir cursos y tendrán la obligación de cumplir con los procedimientos que en ellos se asientan, los trámites relativos a estas sanciones se deberán llevar a cabo en las oficinas de Control Escolar.

ARTÍCULO 33. Si por cualquier circunstancia no apruebas en ordinario ni extraordinario una materia, tienes derecho a repetirla en el ciclo escolar inmediato siguiente, teniendo la oportunidad de aprobarla en ordinario o extraordinario, si en estas oportunidades no la apruebas, se te dará de baja en la Universidad.

ARTÍCULO 34. Si fuiste acreedor a la sanción del artículo 33, podrás solicitar una nueva oportunidad a la Comisión De Educación Del Consejo De Centro, para acreditar la materia o materias que adeudes, antes del inicio del ciclo inmediato siguiente en que se te haya dado de baja, si no te presentas a los cursos y no las acreditas tendrás baja definitiva.

La Comisión de Educación del Consejo de Centro podrá autorizar una nueva oportunidad para acreditar la materia o materias que adeude el alumno en el ciclo siguiente en que se ofrezcan la o las materias, atendiendo a los argumentos que exprese el alumno en su escrito, su historia académica y conducta observada, así como lo establecido en el artículo36 de este ordenamiento.

En caso de autorizarse dicha solicitud, el alumno tendrá la oportunidad de acreditar las materias que adeuda, sólo en el periodo de evaluación ordinaria, en caso de no presentarse al curso y no lograr una calificación aprobatoria, en todas y cada una de las materias que adeude, será dado de baja en forma automática y definitiva.

ARTÍCULO 35. Dice que todo alumno que haya sido dado de baja conforme a los artículos 33 y 34 del “Reglamento de Promoción y Evaluación” no se les autorizará su reingreso a la carrera.

ARTÍCULO 36. En caso de que una materia desaparezca por cambio de plan de estudios y el alumno no haya logrado una calificación aprobatoria en la evaluación en el periodo ordinario o extraordinario, el Director de la División o de Escuela solicitará a la Rectoría del Centro, se autorice se imparta la materia por única ocasión. Lo anterior, deberá notificarse a las Coordinación de Control Escolar y demás instancias respectivas.

REQUISITOS:

  1. Formato de solicitud Art. 34
  2. Identificación oficial

PROCEDIMIENTO:

  1. Lee la información completa
  2. Reúne los requisitos
  3. Realiza tu registro exclusivamente en línea, proporciona toda la información y documentos solicitados (Requieres correo de Alumno UDG de Gmail)
  4. Revisa tu estatus de acuerdo a las fechas de "Registro de alumnos favorecidos por artículo 34"
  5. Realiza el pago de matrícula correspondiente
  6. Ponte en contacto con tu coordinador de carrera para solictar el registro de las materias en cuestión.


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CALENDARIO:

Periodo de solicitudes Art. 34